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CSJ ni el Congreso pueden dar ordenes a las FF.AA
Publicado en Julio 11th, 2009 1 comentario
Buscando en la Constitución y en la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, en ningún lado se faculta a el frente armado hondureño a ejecutar ordenes de captura contra alguien por parte de un juez de la CSJ, mucho menos contra el Presidente de la República.La Ley solo le da la facultad a la CSJ y al Congreso de recibir seguridad por parte de los militares, y en ningún lado le da facultades al ejército de realizar capturas a petición de esos poderes del Estado.
Las Fuerzas Armadas además de traición a la Patria por este Golpe de Estado, cometieron delitos contra altos funcionarios del Estado, contra la forma de gobierno, delitos de rebelión, delitos contra la administración pública, y delito de terrorismo, eso sin mencionar los delitos que están cometiendo dentro del Gobierno de facto.
Otra realidad que da al traste con las mentiras que usan cómo excusas los golpistas.
En la Constitución de la República no establece que las Fuerzas Armadas estuvieran bajo la juridicción de el Congreso Nacional ni la Corte Suprema de Justicia, la cadena de mando es muy clara, y en ningún momento figura dentro de ella el Poder Legislativo ni el Poder Judicial, pero sí lo dice el Presidente de la República, a quién traicionaron los militares, violando la Ley, y provocando un rompimiento del orden constitucional.
ARTICULO 272.- Las Fuerzas Armadas de Honduras, son una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante.
Se constituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el orden público y el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.
Cooperarán con la Policía Nacional en la Conservación del orden público.
A efecto de garantizar el libre ejercicio del sufragio, la custodia, transporte y vigilancia de los materiales electorales y demás aspectos de la seguridad del proceso, el Presidente de la República, pondrá a las Fuerzas Armadas a disposición del Tribunal Nacional de Elecciones, desde un mes antes de las elecciones, hasta la declaratoria de las mismas.
ARTICULO 273.- Las Fuerzas Armadas estarán constituidas por el Alto Mando, Ejército, Fuerza Aérea, Fuerza Naval, Fuerza de Seguridad Pública y los organismos que determine su Ley Constitutiva.
ARTICULO 274.- Las Fuerzas Armadas estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás Leyes y Reglamentos que regulen su funcionamiento. Cooperarán con Las Secretarías de Estado y demás instituciones, a pedimento de éstas, en labores de alfabetización, educación, agricultura, protección del ambiente, vialidad, comunicaciones, sanidad y reforma agraria.Participarán en misiones internacionales de paz, en base a tratados internacionales, prestarán apoyo logístico de asesoramiento técnico, en comunicaciones y transporte; en la lucha contra el narcotráfico; colaborarán con personal y medios para hacer frente a desastres naturales y situaciones de emergencia que afecten a las personas y los bienes; así como en programas de protección y conservación del ecosistema, de educación académica y formación técnica de sus miembros y otros de interés nacional.
Además cooperarán con las instituciones de seguridad pública, a petición de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, para combatir el terrorismo, tráfico de armas y el crimen organizado, así como en la protección de los poderes del Estado y el Tribunal de Elecciones, a pedimento de éstos, en su instalación y funcionamiento.
ARTICULO 277.- El Presidente de la República, ejercerá el mando directo de las Fuerzas Armadas en su carácter de Comandante General conforme a esta Constitución, a la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas y a las demás leyes aplicables.
ARTICULO 278.- Las órdenes que imparta el Presidente de la República deberán ser acatadas y ejecutadas con apego a la Constitución de la República y a los principios de legalidad, disciplina y profesionalismo militar.
Ley constitutiva de las Fuerzas Armadas
TÍTULO III DE LA ORGANIZACIàN CAPÍTULO I DE LAS GENERALIDADES
ARTÍCULO 19.-
Para garantizar el cumplimiento de su misión, la organización a la cual esten sujetas las Fuerzas Armadas
es la siguiente:
1) La Presidencia de la República en su carácter de Comandancia General de la Fuerzas Armadas;
2) Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional;
3) Estado Mayor Conjunto;
4) Junta de Comandantes;
5) Ejército;
6) Fuerza Aérea;
7) Fuerza Naval.La organización y funcionamiento específico de las Fuerzas Armadas se determinar en los reglamentos que se emitan por la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional.
Articulo 20
El Alto Mando de las Fuerzas Armadas está constituido por el presidente de la República en su carácter de Comandante General, el Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional y el Jefe del Estado Mayor Conjunto. Al Alto Mando corresponde fijar la política general de defensa nacional.Articulo 21
CAPÍTULO II DE LA COMANDANCIA GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS SECCIÓN I DE LAS GENERALIDADES
ARTÍCULO 21.- La Comandancia General de las Fuerzas Armadas constituye el más alto nivel jerárquico de ésta.
Articulo 22
El Presidente de la República ejerce el mando directo de las Fuerzas Armadas en su carácter de Comandante General conforme a la Constitución de la República, la presente Ley y demás leyes aplicables¿Dónde está la autoridad de la CSJ y el Congreso Nacional sobre las Fuerzas Armadas?
En las ordenes judiciales se presentan notificaciones de orden de captura y las ejecuta la policía, entonces ¿por qué actuaron militares, secuestraron y exiliaron al Presidente?, pues simple, PORQUE ESTO ES UN GOLPE DE ESTADO.
Un Golpe de Estado es atentar contra la Constitución y la alternancia de la Presidencia de la República, ya que instalan un Gobierno de facto impuesto por un dictador, el cuál además de ir en contra de la voluntad del soberano, ya que este no lo eligió, este no da garantía alguna.
Ninguna Ley establece el exilio, la Constitución lo prohibe, y ninguna resolución judicial puede ir en contra de lo que establece la Constitución, hablan de orden de un juez, pero no mencionan su nombre, y tampoco dicen que es un juez especial, algo que de por Ley es ilegal porque a altos funcionarios solo los puede juzgar jueces especiales, además nadie puede ser sentenciado sin un juicio, y sin darle la oportunidad de defenderse, y por derecho, todo individuo es inocente mientras no se le demuestre lo contrario, por lo que totalmente es improcedente lo que hicieron así cómo lo que inventan los Golpistas para tratar de que les legitimen el rompimiento del orden constitucional en Honduras.
Por lo que el cuento que hacen de que las Fuerzas Armadas cumplieron una supuesta orden judicial, la cuál hay indicios de que realmente se hizo ya estando exiliado el Presidente, al ver la reacción de la comunidad internacional ante el Golpe, es una farsa de los Golpistas con el afán de engañar al país y al mundo entero, para ocultar que lo que hicieron fue un GOLPE DE ESTADO, y que tanto las FF.AA cómo el Poder Legislativo y el Judicial, rompieron la Constitución por lo que si existiese legalidad en este país, sobretodo en estos momentos, estas personas deberían de ser separadas de sus cargos y encarceladas, por múltiples delitos.
La Constitución de la República es clara al dar el Poder absoluto al Presidente de la República sobre las Fuerzas Armadas, no menciona intervencionismo legal de otros Poderes del Estado, porque la Constitución reconoce que no debe existir conflicto en que se involucre el frente armado.
Los Golpistas han querido tresgiversar el artículo 272 de la Constitución para “justificar” su Golpe, pero si ustedes leen bien ese artículo, el mismo entre líneas prohibe a las Fuerzas Armadas dar Golpes de Estado, y hay varios artículos Constitucionales antigolpistas, al existir esos artículos, ¿cómo pueden ser tan sinvergüenzas para tratar de decir que esta Constitución legaliza los Golpes de Estado, cuándo todos sabemos que se hizo con el fin de evitarlos?, y con qué cinismo dicen que este Golpe de Estado es una “sucesión constitucional”, algo tan falso cómo una moneda de 30 centavos de lempira.
Aún más absurdo es tratar de decir que una encuesta de opinión no vinculante atenta contra la Constitución, y aún más imposible pretender decir que es delito que se le permita al soberano ejercer el Poder Constituyente al consultarle si quiere una nueva Constitución ó no, cuándo se sabe que el Poder Constituyente es algo universal, y que cuya titularidad la tiene el pueblo, y que este mismo decide cómo quiere vivir, y con toda legalidad puede solicitar una reforma constitucional, ese es un derecho que ninguna Constitución puede evitar, y tampoco la misma puede considerarse de que está encima de la voluntad del soberano, quién es el que la creó invocando el Poder Constituyente por medio de una Asamblea Nacional Constituyente.
Señores un acto democrático, nunca será ilegal, solo lo ven ilegal en países antidemocráticos, no sé cómo pueden justificar que algo que se le consulta al pueblo, y que el pueblo mismo decidiría si quiere ó no, como razón “válida” para dar un Golpe de Estado.
Además hay claros indicios de que esto de la cuarta urna fue tan solo un pretexto para dar el Golpe, porque desde hace mucho tiempo lo planeaban los Grupos de Poder económico y fáctico del país, máxime cuando la Constitución habla de independencia de Poderes, y no subordinación uno de los otros, por lo que Legalmente, no podían disolver el Poder Ejecutivo, y la única forma que tenían para hacerlo, era mediante la ilegalidad de un Golpe de Estado, apoyados por las Fuerzas Armadas, las cuáles dicen que pudieron recibir el apoyo de Republicanos que fueron parte del gobierno de George W. Bush, máxime con la presencia hace unos días de John Negroponte en tierras catrachas.
¡Golpistas dejen de mentir!
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Micheletti sí pretendió llamar una Constituyente en 1985
Publicado en Julio 11th, 2009 5 comentarios
En la red ha circulado esta noticia que sorprenderá a propios y extraños, Roberto Micheletti Baín fue uno de los 12 diputados que pretendieron suspender los artículos 373, 374 y 375, y convertir el Congreso Nacional de ese entonces en una Asamblea Nacional Constituyente para alargar el período Presidencial de Roberto Suazo Córdova por 2 años más.Micheletti fue acusado de traición a la patria por primera vez, porque formaba parte de ese grupo de diputados que promovían el continuismo, y por la feroz oposición que incluso provocó que se sacaran pistolas desistieron de presentar esa propuesta el 24 de octubre de 1985.
Micheletti pretendió llamar la Constituyente suspendiendo artículos, y sin consultarle al pueblo, pero ni siquiera fue expulsado del Congreso, ni porque estuvo cerca de introducir esto en el Congreso Nacional.
Micheletti fue miembro de la guardia de honor Presidencial de Villeda Morales, cuando recibió el Golpe de Estado en 1963, el señor Micheletti tiene un pasado militar, el que le pudo haber ayudado a manipular a las Fuerzas Armadas de Honduras para que se prestaran al Golpe.
Las curiosidades históricas de la vida, Micheletti ha estado en los dos últimos Golpes de Estado contra gobiernos democráticos y ambos Golpes fueron contra Gobiernos del Partido Liberal.
Pasado militar
Es considerado como un militar frustrado, ya que no logró consumar su carrera, pero sí logró ser suboficial de las Fuerzas Armadas de Honduras, situación bastante curiosa, porque todos sabemos los antecedentes Golpistas de las Fuerzas Armadas, por lo que seguramente algo aprendió de Golpismo desde ese entonces.
Micheletti fue encarcelado 27 días luego del Golpe y porteriormente salió del país, lo que hace aún más inadmisible que él sea un Golpista, igual caso de los hermanos Villeda Bermúdez, quiénes traicionando el Partido y su sangre están apoyando este Golpe de Estado, ni porque su padre, Ramón Villeda Morales sufrió uno, las cosas incomprensibles de Honduras.
Los orígenes militares de Micheletti, en un período de Golpismo de las Fuerzas Armadas son un antecedente bastante notorio y que le incrimina más, y esto le sumamos que las acusaciones que él le hace al Presidente Zelaya él en 1985 pretendió hacerlas, cómo dice el dicho “el que las hace las piensa”.
Micheletti, diputado que reformó artículos petreos, pretendió romper el orden Constitucional del país, para apoyar un continuismo, esa fue la primera vez que Micheletti pretendió atentar contra la Constitución y la democracia de Honduras, y los que recuerdan los antecedentes de esa época, saben que se creó una profunda crisis política, que provocó la famosa Opción B, una violación a la Constitución pero que la tomaron cómo opción porque el proceso democrático estaba amenazado.
Curiosamente, en las dos crisis políticas más importantes de los últimos 27 años ha sido partícipe el Presidente de facto de Honduras.
Micheletti no fue castigado en ese entonces, y quedamos nosotros ¿con qué cara sale diciendo las cosas que dice para justificar su Golpe de Estado?, evidentemente las ideas eran diferentes, la cuarta urna tendenciosamente fue satanizada por Micheletti, pero nadie se imaginaba que Micheletti lo que hacía era contar lo que pretendió hacer en 1985 y no lo que es la cuarta urna del Poder Ciudadano.
En el 2009, crea un Golpe de Estado en contra de Manuel Zelaya Rosales, un Golpe que todo indica que se planificó desde hace mucho tiempo atrás de lo que se imagina la gente, bueno de por sí desde el primer año de Gobierno de Mel se habla de Golpes de Estado, estos sectores acusaron a Mel de autogolpearse, y al final resulta que ellos fueron los que hicieron el Golpe, un cinismo en estado puro, ¿será que con esas acusaciones avisaban al país de sus intenciones?.
La cuarta urna fue el pretexto ideal para ellos para dar el Golpe que esperaban, y el antichavismo, el mecanismo para engañar a “tontos útiles”, pues desde el inicio del Gobierno, los grupos de poder, cerebros del Golpe estaban inconformes con el Presidente, y da lástima cómo la avaricia de estos sectores, se atreven a poner y quitar Presidentes en este país.
Participa en el Golpe las Fuerzas Armadas, para colocar a un dictador con antecedentes militares en el Poder del país.
Además hay indicios que miembros del Gobierno de George W. Bush apoyaron este Golpe de Estado, se dice que la IRI Republicana lo sabía desde hace meses y hablaron del mismo, y crecen más las sospechas con la visita a Honduras de John Negroponte en los días que precedieron el Golpe de Estado.
Todo mundo sabe la política intervencionista y altamente Golpista de los Republicanos en nuestro continente, por lo que no sería sorprendente que estas sospechas sean ciertas.
¿Qué hacía Negroponte en este país?, máxime cuándo su partido no está en el Poder de Estados Unidos.
Lo que tenemos claro es que este Golpe se dió por ambiciones desmedidas de poder de Micheletti, unas Fuerzas Armadas que no quitan el golpismo de sus venas, y patrocinado por los intereses económicos de los Grupos de Poder económico, mediante sus mandaderos en el Congreso Nacional, Corte Suprema de Justicia y organismos descentralizados del Estado.
¡Traidores a la Patria!



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